A continuación detallamos las fechas del proceso electoral, que han sido modificadas por Corrección, el día de hoy (21 de septiembre de 2016, BOJA 182).

Corrección de errores de la resolución de 25 de mayo de 2016, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se establece el calendario para el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas para el curso 2016/17.

  • Del 26 al 30 de septiembre: Constitución de la Junta Electoral. Solicitud a la AMPA designación de representante.
  • Del 5 al 17 de octubre: Plazo de admisión de candidaturas y designación del representante de la AMPA. Se presentarán en el centro docente correspondiente dentro del horario escolar. La AMPA deberá estar inscrita en el Censo de entidades colaboradoras de la educación.
  • 18 de octubre: Publicación de la lista provisional de candidaturas
  • 20 de octubre: Publicación de la lista definitiva de candidaturas.
  • Del 21 de octubre al 5 de noviembre: campaña electoral
  • 24 de octubre: último día para confeccionar papeletas.
  • Del 1 al 8 de noviembre: plazo de recepción del voto no presencial
  • 8 de noviembre: elecciones del sector padres, madres y tutores del alumnado.
  • 9 de noviembre: elecciones del sector del alumnado.
  • 10 de noviembre: elecciones del sector del profesorado, del personal de administración y servicios y, en su caso, del personal de atención educativa complementaria.
  • Antes del 22 de noviembre: proclamación de representantes electos
  • Antes del 2 de diciembre: constitución del nuevo Consejo Escolar

VOTO NO PRESENCIAL

Puedes enviar tu voto por correo certificado o a través de otras personas.

1. Las madres, los padres y los representantes legales del alumnado podrán participar en la votación enviando su voto a la correspondiente Mesa electoral del centro por correo certificado o entregándolo a la persona titular de la Dirección del mismo
antes de la realización del escrutinio. A tal efecto, la Junta electoral de cada centro informará oportunamente a los mismos para lo que les remitirá la papeleta de voto y las instrucciones correspondientes, que incluirán el número máximo de personas candidatas que pueden ser votadas.

2. Para garantizar el secreto del voto, la identidad de la persona votante y evitar posibles duplicidades se utilizará el sistema de doble sobre. El sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la Mesa electoral de madres, padres y representantes legales del alumnado, o bien, se entregará durante los cinco días hábiles anteriores al de la votación a la persona titular de la Dirección del centro que lo custodiará hasta su entrega a dicha Mesa electoral. El sobre exterior contendrá firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte, fotocopia del DNI o de otro documento acreditativo equivalente, y un segundo sobre en blanco y cerrado en cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto.

3. En el caso de que el sobre al que se refiere el párrafo anterior sea entregado a la persona titular de la Dirección del centro, esta expedirá un documento con un recibí como justificante de la entrega y, elaborará una relación detallada con el nombre y apellidos de las personas votantes, que será entregada a la Mesa electoral, junto con todos los sobres antes del escrutinio.

4. La Mesa electoral comprobará que las personas votantes que utilicen la modalidad de voto no presencial, están incluidas en el censo electoral. Los votos recibidos una vez finalizado el escrutinio no serán tenidos en cuenta.

Enlace Resolución 25/05/2016:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2016/105/BOJA16-105-00002-9832-01_00092344.pdf
Enlace Corrección errores Resolución 25/06:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2016/182/BOJA16-182-00002-16260-01_00098616.pdf