Estimados/as amigos/as:
Os informamos, para vuestro interés y conocimiento, que ha salido publicada en el BOJA nº 115 del día de la fecha, Orden de 12 de enero de 2010, por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social para el año 2010.
Sectores de población destinataria.
1. Las subvenciones reguladas en la presente orden se destinarán a la atención de los siguientes sectores de población:
- Menores.
- Personas con problemas de drogodependencias y adicciones.
- Comunidad gitana.
- Colectivos con necesidades especiales.
- Emigrantes e Inmigrantes.
- Voluntariado social.
- Personas mayores.
- Personas con discapacidad.
- Personas en situación de dependencia.
Plazo.
* Las solicitudes de subvenciones institucionales deberán ser presentadas en el plazo de treinta días naturales (Finaliza el día 3 de marzo). Se exceptúan, no obstante, las relativas a emigrantes residentes en el exterior, cuyo plazo será de noventa días naturales. Asimismo, se exceptúan las solicitudes de subvenciones para la atención a la Comunidad Gitana a que se refiere el artículo 49, que se presentarán entre el 1 y el 30 de abril de 2010.
* En las subvenciones por urgencia social contempladas en la Disposición adicional primera, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de diciembre de 2010.
* Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los plazos de presentación de solicitudes se computarán, en todo caso, a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.